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Un hombre haciendo la declaración de la Renta en una sede de Hacienda con el logo azul

La Agencia Tributaria recuerda la mejor decisión para evitar problemas con Hacienda

La Agencia Tributaria advierte de cómo actuar ante una herencia

La Agencia Tributaria advierte de los problemas a los que podemos enfrentarnos en el caso de no cumplir con nuestras obligaciones tributarias. Cualquier ganancia, ya sea en forma de dinero o de propiedad habrá que declararlo para que conste en Hacienda. Por eso es muy importante tener esto en cuenta a la hora de recibir una herencia.

Es posible que a más de uno le surjan dudas llegado el momento. ¿Es mejor aceptarlo o rechazarla?, se preguntan muchos. Ya se sabe que cuando una persona se convierte en heredera lo es en todos los sentidos.

Esto implica que reciba tantos los bienes del fallecido como con las deudas contraídas. De ahí que resulte conveniente analizarlo todo para conocer qué nos conviene más en cada momento.

Una vez que se acredite que somos herederos, ya sea por medio del testamento o declaración de herederos, se puede reclamar la información sobre los bienes. Esto incluye tantos derechos como obligaciones. De esa forma se podrá decidir si se acepta o no, explican en Legalitas.

¿Qué implica aceptar la herencia?

Antes de contar con la condición de heredero no se puede aceptar o rechazar la herencia. En el caso de dar el visto bueno a este trámite es preciso saber que habrá que asumir el Impuesto de Donaciones y Sucesiones. La persona en cuestión dispondrá de un máximo de seis meses desde la muerte para abonarlo.

Juez dando un mazazo
La Agencia Tributaria avisa de las opciones que existen cuando se recibe una herencia | Cedida

¿Qué ocurre si se renuncia al testamento?

Cualquier ciudadano tiene el derecho a renunciar al testamento. Eso sí, será preciso formalizarlo todo por medio de una escritura pública en una notaría. Se puede ir a cualquier notario al margen de la localidad para realizar este paso.

Exigirán el certificado de defunción de la persona fallecida, así como el testamento o declaración de herederos. Rechazar una herencia supone una decisión "personal e independiente". Cada heredero debe tomar una decisión con los bienes y derechos dejados por el muerto.

También hay que tener en consideración que se trata de una postura que no tiene marcha atrás. Así que sí se renuncia a la herencia más adelante no se podrá cambiar de opinión.

Además, recuerdan que cuando se acepta hay la obligación de aceptarlo todo. No se puede elegir únicamente una parte. De lo contrario, más de uno se quedaría solo con las propiedades y dejaría de lado las deudas, pero esto no puede ser así.

Señalan que "en una herencia no podemos elegir con qué bienes interesa quedarnos y cuáles se quiere renunciar". Por lo tanto, la aceptación de la misma implica hacerlo con "todas las consecuencias". Y lo mismo sucede cuando hay una renuncia, "se hace una renuncia de todo".

¿Qué ocurre con la parte de la herencia que se renuncia?

En función de "si somos herederos forzosos o no y de si hay testamento o no", la renuncia de la herencia también afecta a otros. El resto de herederos podrían verse beneficiados por esta medida consiguiendo que sea mayor la parte a recibir por ellos, señalan en Legalitas. Verían aumentada la proporción que les corresponde, o bien, sus sucesores, en el caso de que sean herederos forzosos.

Un hombre con camisa y corbata contando billetes de 50 euros
Aceptar una herencia implica recibir propiedades, pero también contraer deudas | Getty Images

Lo que se puede donar sin declarar a Hacienda

Mucha gente, en lugar de ceder sus bienes a sus seres queridos cuando fallece, decide cederlos en vida. Es lo que se conoce como donación. A la hora de sufragar los impuestos correspondientes, tanto el donante como el perceptor deberán hacer frente a este pago.

La persona que recibe la donación debe pagar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas bajo el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Las donaciones deben declararse a través de este tributo.

Sin embargo, sí no se excede de un límite no habrá lugar a la investigación por parte de Hacienda. La cifra límite suele rondar los 3000 euros. En el caso de superarla, las entidades bancarias tienen la obligación de comunicar dicho movimiento a la Agencia Tributaria.