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Montaje con una imagen de una mujer con papeles y calculadora y el logo de la Agencia Tributaria

La Agencia Tributaria avisa: las 14 novedades de la Declaración de la Renta en 2023

La campaña de Hacienda de este año se presenta con unos cuantos cambios

La Agencia Tributaria comienza el 11 de abril la campaña de la renta. A partir de esa fecha ya se podrá presentar la declaración. Pero es preciso que antes de realizar este trámite conozcamos las 14 novedades que habrá este año.

Nunca está de más saber qué medidas se van introduciendo. Sobre todo para conseguir que nos salga a devolver o al menos no tengamos que pagar mucho a Hacienda a la hora de rendir cuentas.

Las principales novedades de la declaración de la renta 2023

La primera novedad que encontramos hace referencia a la reducción por obtención de rendimientos del trabajo. La reducción se aplicará a los contribuyentes con unos rendimientos por debajo de los 19.747,50 euros, siempre que no haya otras rentas por encima de 6.500.

Hasta ahora tenían la obligación de realizar la declaración aquellos que tuvieran unas rentas de hasta 14.000 euros. Pero este ejercicio se incrementará hasta los 15.000 euros. Siempre que se trate de un único pagador.

En tercer lugar también habrá una variación en lo que se refiere al tipo de retención o ingreso a cuenta sobre los rendimientos del trabajo. Hay que diferenciar entre dos situaciones, recoge El Periódico. A los rendimientos del trabajo que se abonen durante enero de 2023 se les aplicará la normativa vigente a 31 de diciembre de 2022.

Un hombre haciendo la declaración de la Renta en una sede de Hacienda con el logo azul
Hay que estar pendiente de los cambios para conseguir algún tipo de beneficio | Europa Press

Por su parte, los rendimientos del trabajo que se satisfagan desde el 1 de febrero de 2023, el pagador debe calcular el tipo de retención de otra forma. Sería conforme a la norma existente a 1 de enero de 2023.

La cuarta modificación afecta a la reducción para empresarios que determinen su rendimiento neto por el método de estimación directa. Se incrementan los importes que reducen los rendimientos netos de las actividades económicas. Siempre que se cumplan las exigencias previstas en el número 32.2.2º de la LIRPF.

En quinto lugar, en el ejercicio 2023, el porcentaje de deducción para el conjunto de provisiones deducibles será del 7%. Se aplicará para aquellos que fijen su rendimiento neto por el sistema de estimación directa simplificada. Además, la deducción llegará al 10% para los profesionales que determinen su rendimiento neto por el método de estimación objetiva.

Otros cambios a tener en cuenta

El sexto cambio hace referencia a las variaciones en cuanto a las aportaciones máximas que pueda realizar el trabajador a sistemas de previsión social. El séptimo será la alteración de la escala que se aplica a la parte de la base liquidable del ahorro para fijar la cuantía estatal.

En lo referente a la escala que se aplica para los trabajadores desplazados a nuestro país también se auguran novedades. Será la octava variación.

Se modifican los tipos aplicables que fijan la cuota íntegra referente a la parte liquidable que corresponda a dividendos, intereses u otros rendimientos. Como puede ser la cesión a terceros de capitales propios y ganancias patrimoniales.

El cambio número nueve afectará a las madres de 0 a 3 años. La deducción por maternidad se amplía a la mayor parte de las mujeres que tienen hijos menores de 3 años. Ya sean trabajadoras o hayan percibido una prestación.

Una oficina de la Agencia Tributaria con una trabajadora en segundo plano
Muchos colectivos podrán sacarle partido a los cambios introducidos este ejercicio | Europa Press

En décimo lugar se producirá una reducción en el porcentaje de retención sobre los rendimientos del trabajo de obras artísticas, literarias o científicas. Por lo general era del 15%, pero cuando los rendimientos fueran inferiores a 15.000 euros alcanzarán el 7%.

Por su parte, también se esperan variaciones en el porcentaje de imputación del 1,1 recogidos en el artículo 85 de la LIRPF. Será el cambio número once para este año.

Afectará a los inmuebles que se encuentren en municipios en donde los valores catastrales fueran modificados y revisados. Y siempre que hubieran entrado en funcionamiento a partir del 1 de enero de 2012.

Los autónomos tampoco se libran

La novedad número doce afecta a los autónomos. El Real Decreto Ley 13/2022, de 26 de julio, y su modificación en el artículo 96.2 de la Ley de IRPF aclara que ahora deben presentar la declaración. Al margen de sus ingresos, indica El Comercio.

También habrá deducción por residencia habitual en la isla de La Palma durante 2022 y 2023, que se presenta como el cambio trece. Por último es preciso mencionar el régimen fiscal especial de las Islas Baleares.

Este régimen se aplicará sobre los contribuyentes del IRPF que fijen el rendimiento neto de su actividad económica mediante estimación directa. Para ello, se tomará como referencia los periodos impositivos que vayan desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2028.