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Montaje con una imagen de fondo de la Agencia Tributaria y otra de una chica celebrando con un ordenador y otra imagen de varios billetes de euro

La Agencia Tributaria anuncia los trabajadores que escaparán de la Renta en 2024

Millones de ciudadanos van a quedar exentos de presentar la Declaración de la Renta del año que viene

El año 2023 está a poco más de un mes para tocar a su fin y ya estamos a las puertas de un nuevo ejercicio económico para la Agencia Tributaria. A partir del mes de abril, mes en el que todos los años empieza la Campaña de la Renta, millones de ciudadanos tendrán que rendirle cuentas al fisco: la Declaración de la Renta.

Eso sí, con todas las premisas anunciadas por la Agencia Tributaria para el próximo curso fiscal, algunos se van a evitar pasar por ese mal trago. Sobre todo, van a respirar porque afecta a nuestros bolsillos en muchas ocasiones. 

Aquellas personas que tengan ingresos a partir de una cantidad, igual que los que perciben la pensión contributiva de la Seguridad Social, tendrán que presentar el modelo 100 en la AEAT.

Con todo, deben estar muy atentas todas aquellas personas que están pendientes de confirmar si el año que viene tienen que presentar la Declaración de la Renta. Y es que si perciben un salario superior a 22.000 € anuales de un solo pagador, tendrán que presentarla rigurosamente. En caso contrario, quedarán exentos de acometerla.

Descubre los requisitos para quedar exento de presentar la Declaración de la Renta en 2024

A su vez, una gran novedad para la Campaña de Renta 2024 es que el mínimo exento de tributación en el IRPF pasará de los 14.000 € a 15.000 €. En caso de que el contribuyente ingrese menos de esta cantidad, no tendrá que presentar en ningún caso la Declaración de la Renta hasta el próximo 30 de junio de 2024.

Eso sí, aquellas personas que tengan dos o más pagadores, y cobren más de 1.500 € desde el segundo pagador, no se librarán, y sí tendrán que declarar sus ingresos que superen los 15.000 € anuales.

Otros grupos de ciudadanos, en este caso pensionistas, también están exentos de presentar la Declaración de la Renta correspondiente al año fiscal 2023. Nos referimos a beneficiarios de incapacidad permanente, pensiones de orfandad y de viudedad si derivan de actos de terrorismo.

También aquellos con un grado de discapacidad igual o superior al 65 %, clases pasivas, pensiones de inutilidad y pensiones en favor de familiares por incapacidad absoluta del titular.