Es algo complicado enfrentarse a ellos, pero no hacerlo puede traer grandes problemas. Cuando fallece un familiar cercano, es necesario llevar a cabo una serie de trámites para cumplir con la legalidad.
Esto es algo muy importante si no queremos quebraderos de cabeza. Además, también es necesario tener en cuenta que no se pueden cometer errores. El desconocimiento no puede ser una excusa para no hacer las cosas bien.
Por otro lado, hay que tener también presentes los plazos. De lo contrario, podríamos tener problemas con el fisco o puede existir la posibilidad de que no recibamos un dinero que nos corresponde.
Esto es lo primero que debes tener en cuenta
Antes de iniciar cualquier tipo de trámite, lo primero que hay que tener a mano es el DNI de la persona fallecida. En su caso, también servirá el pasaporte. Sin embargo, de no contar con ellos, no podremos llevar a cabo las gestiones necesarias.
También hay que conocer si el fallecido tenía un seguro de decesos y saber sus coberturas. Si no, habrá que comenzar pidiendo un presupuesto a las funerarias pertinentes antes de comenzar.
Estos son los 8 trámites que debes hacer cuando fallece un familiar
En el caso de que ya hayas llevado a cabo los pasos anteriores, solo queda iniciar los ocho trámites obligatorios que siempre hay que seguir cuando fallece un familiar cercano.
1. Certificado de defunción
El certificado de defunción se trata de un documento oficial que acredita el fallecimiento de la persona. Su importancia es máxima, ya que es necesario para poder inscribir dicha defunción en el Registro Civil.
Se obtiene a partir del médico y, en el caso de que el fallecido tenga un seguro de decesos, está cubierto por el mismo. Además, los servicios de la funeraria también lo suelen cubrir.
2. Inscripción en el Registro Civil
Cuando pasen 24 horas desde el fallecimiento de la persona, hay que llevar a cabo la inscripción de la defunción en el Registro Civil. Esto hay que hacerlo en el municipio donde haya sucedido.
Este trámite suele estar cubierto por el seguro o la funeraria. Sin embargo, es imprescindible para poder conseguir la licencia de enterramiento. Cuando el registro otorgue la licencia, se puede enterrar o incinerar al fallecido.
3. Certificado literal de defunción
Este certificado es una copia exacta de la información que existe en el Registro Civil sobre el fallecimiento. Se puede conseguir días después de la inscripción en el juzgado y, de forma general, la funeraria es la encargada de ofrecer distintas copias del mismo.
4. Baja en la Seguridad Social
En el caso de que el fallecido estuviera percibiendo cualquier tipo de prestación de la Seguridad Social, es necesario comunicar la defunción en un máximo de 30 días.
Esto se puede hacer a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social para ahorrar tiempo. También se puede llevar a cabo de forma presencial en cualquiera de sus centros.
5. Certificado de Últimas Voluntades
Después de 15 días hábiles del fallecimiento, se puede conseguir el certificado de últimas voluntades. Este servirá para conocer si existe testamento y qué notario es el responsable del documento.
Si no lo hay, los herederos tendrán que llevar a cabo una declaración ante notario para demostrar que son los sucesores. Por otro lado, deberán gestionar el cuaderno particional de cara a repartir los bienes del fallecido.
6. Seguros
En el caso de que no se sepa si el fallecido tenía un seguro de vida o accidentes, lo que hay que hacer es ir al registro general de seguros. Allí se puede consultar después de 15 días tras el fallecimiento.
7. Pensión correspondiente
Si hay que solicitar una pensión por viudedad u orfandad, este es un trámite que se puede hacer en cualquier momento tras el fallecimiento. Sin embargo, si se presenta después de tres meses, se puede perder dinero.
8. Impuesto de Sucesiones y Donaciones
Por último, hay que tener en cuenta que existe un plazo de seis meses para liquidar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Es decir, este es el tiempo que los herederos tienen para gestionar la herencia.