Una enfermedad o una lesión pueden abrirte las puertas de una pensión por incapacidad permanente. Dicha ayuda se concede a los trabajadores que no pueden desempeñar su labor habitual o incluso otra actividad laboral debido a esa patología. Por lo general suelen estar asociadas a una treintena de enfermedades, como comprobaremos más adelante.
En el caso de que se reconozca dicha incapacidad, la Seguridad Social se encargará de facilitar una paga. Con ella pretenden de alguna manera compensar la pérdida de ingresos al dejar el empleo.
Para ello es preciso pasar por el Tribunal Médico del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Dicho órgano será el encargado de determinar si la persona en cuestión es merecedora de dicha pensión de incapacidad. La otra opción pasa por reclamarla a través de la vía judicial, con una demanda contra el INSS, recoge el portal Economía Digital.
En cualquiera de las dos opciones planteadas habrá que demostrar que el trabajador está incapacitado para desarrollar su tarea. Ya sea en su puesto habitual o en cualquier otra actividad de las existentes en el mercado laboral. Además, también será preciso reunir una documentación y unos requisitos en función del tipo de incapacidad.
No obstante, al margen de eso, existen unas condiciones comunes que se deben cumplir siempre. Entre ellas encontrarse dado de alta en la Seguridad Social, no haber llegado a la edad de jubilación y tener completado el tratamiento médico aconsejado. Hay que aclarar que no será preciso estar de baja laboral para pedir la incapacidad permanente.
¿Cuál es el papel del Tribunal Médico?
La decisión de conceder o no la incapacidad permanente dependerá únicamente de los profesionales del Tribunal Médico. Ellos tendrán que evaluar las patologías del paciente y las secuelas que una enfermedad o lesión le han podido dejar.
Con toda esa información que extraen es preciso que la vinculen a su capacidad para desempeñar la actividad profesional de manera regular. También deben analizar si podría adaptarse a otra labor en otro sector del mercado laboral con la patología que arrastrase.
Es cierto que cada caso se estudia de forma individual. Eso sí, nos encontramos con una serie de dolencias que cuentan con una mayor probabilidad de ser reconocidas como una incapacidad permanente.
¿Cuáles son las enfermedades más frecuentes a la hora de reconocerse la incapacidad?
Hay una serie de patologías que suelen ser muy frecuentes y que pueden permitirnos acceder a una pensión por incapacidad permanente. Todo dependerá del grado de la misma y de la evaluación que efectúe el Tribunal Médico.
A continuación te detallamos una lista con las 30 enfermedades más frecuentes:
- - Agorafobia.
- - Alzheimer.
- - Alcoholismo.
- - Ansiedad.
- - Aneurisma.
- - Arterioesclerosis.
- - Apnea del sueño.
- - Arteriopatía periférica.
- - Artritis psoriásica.
- - Artritis reumatoide.
- - Artrosis.
- - Asma.
- - Cáncer.
- - Patologías de cadera.
- - Cardiopatías.
- - Colitis ulcerosa.
- - Demencia.
- - Depresión.
- - Enfermedad de los codos.
- - Dermatitis.
- -. Desprendimiento de retina.
- - Enfermedad de Behcet.
- - Enfermedad de Perthes.
- - Enfisema Pulmonar.
- - Enfermedad de Crohn.
- - Epilepsia.
- - EPOC.
- - Esclerosis múltiple.
- - Espondilitis Anquilosante
- - Esquizofrenia.
Como se acaba de comprobar, entre las enfermedades por las que nos pueden reconocer una incapacidad permanente hay dolencias muy comunes. Es el caso del asma, dermatitis, cardiopatías o depresión. Afectan a muchas personas, pero el simple hecho de padecerlas no es motivo para que nos concedan la pensión.
Insistimos en que cada caso es totalmente único y debe ser evaluado de forma individual. Los profesionales encargados de dar el visto bueno a la incapacidad deben estudiar su situación actual, así como los impedimentos futuros que pueda tener.
Es posible que muchas personas tras padecer una lesión sean incapaces de llevar una vida normal. Es preciso que se vincule la enfermedad con su capacidad para trabajar en un determinado puesto.