La Seguridad Social es el organismo al que tenemos que acudir cuando necesitamos información sobre el derecho a recibir prestaciones. Es importante, gestionar bien cualquier tipo de papeleo que conlleva la retribución de una cuantía en una serie de casos.
Existen diferentes clases de prestaciones dependiendo de la situación en la que se encuentre el solicitante. Pensiones contributivas, no contributivas, pensiones familiares, pensiones por viudedad, prestaciones por jubilación, entre otras.
¿Cómo podemos conocer realmente si tenemos o no derecho a recibir algún tipo de prestación? En realidad es muy sencillo: tendremos que solicitar cita previa para acudir y preguntar sobre su situación actual y conocer que le corresponde recibir.
Prestación de viudedad y sus compatibilidades
Este tipo de prestación es un tipo especial de prestación vitalicia, que recibe la persona que se ha quedado viuda, después de que su cónyuge haya fallecido. El Gobierno gestiona esta prestación para proporcionar a la persona afectada una determinada cuantía.
Teóricamente, la cantidad otorgada le garantizará cumplir y pagar sus necesidades. Asimismo, se considera una ayuda para no entrar en una situación de desamparo que facilite su exclusión social.
Cuando se solicita recibir dicha prestación, es posible que surjan dudas si en dicho momento se está recibiendo alguna otra prestación con anterioridad. Sin embargo, esta prestación es totalmente compatible con cualquier renta de jubilación o incapacidad que la persona estuviera recibiendo.
Es indispensable conocer qué procedimiento se ha de realizar para poder percibir la prestación de viudedad. Siendo compatible con otra pensión de la Seguridad Social, es importante que la persona fallecida estuviera dada de alta en el momento del fallecimiento.
¿Cuáles son los requisitos para poder recibir la prestación?
En el caso de pedir una pensión de viudedad debido a la situación tan poco agradable, el cónyuge de la persona solicitante debe reunir algunas características esenciales. ¿Cuáles son?
1. En primer lugar, la persona fallecida debía de estar dada de alta en la Seguridad Social. Y haber estado cotizando un mínimo de 500 días durante una etapa ininterrumpida de cinco años, cuando el fallecimiento sea por enfermedad.
2. En el caso de fallecimiento ocasionado por accidente laboral o no, el periodo mínimo de cotización no será necesario. Deberá ser receptora de la pensión de jubilación en el momento de su fallecimiento.
3. Si ha fallecido cuando recibía algún subsidio por incapacidad temporal como riesgo del embarazo, paternidad o maternidad, la cotización mínima deberá ser de la que establezca en cada caso específico.
4. Cotización de un mínimo de 15 años, si en el caso del fallecimiento la persona no constaba en alta en el Régimen de la Seguridad Social. Si la persona fallecida no llegó a recibir pensión de jubilación en modalidad contributiva por no llegar a tiempo de percibir.
5. La persona fallecida era receptora de una incapacidad permanente cuando falleció. Cuando ocurra un accidente laboral o no, y no se tenga constancia, pero se presupone su muerte, han de pasar 90 días desde el accidente.
6. Ser receptor de una indemnización especial para personas menores de 60 años por una incapacidad permanente total. Si la persona fallecida por una enfermedad común, ha dejado hijos con el beneficiario o ha contraído matrimonio al menos un año antes del fallecimiento.
7. Cuando existe una separación judicial, el beneficiario del subsidio solo podrá recibirla si no ha vuelto a contraer matrimonio o haya formado una pareja de hecho.
8. En el caso de pareja de hecho, el beneficiario debe acreditar el fallecimiento posterior a enero de 2008, habiendo sido pareja al menos dos años atrás y haber convivido de manera ininterrumpida a lo largo de 5 años.
¿Cuánto percibe el beneficiario de la prestación?
La pensión de viudedad se rige por la base reguladora que asciende hasta el 52%. Esta pensión puede ser ampliable hasta al 70% de la base reguladora siempre y cuando la persona beneficiaria tenga cargas familiares y dicha pensión sea el único ingreso que perciba.