Los bancos no siempre llevan la razón en sus contratos. Al menos, así lo ha podido comprobar CaixaBank con el último revés que ha sufrido por lo que le ha pasado con un cliente. En concreto, con su tarjeta.
Desde Facua comparten toda la información relativa a una de las últimas sanciones que ha recibido la entidad bancaria. Además, la multa ha sido impuesta por la Agencia Española de Protección de Datos, debido al uso indebido de los datos de un cliente concreto.
Este es el revés que ha sufrido CaixaBank
Como decíamos, ha sido la Agencia Española de Protección de Datos quien ha impuesto una sanción a CaixaBank Payments & Consumer, una filial al 100% de la entidad bancaria. En este caso, la multa ha sido de nada menos que 70.000 euros.
La razón ha sido haber tratado los datos personales de uno de los clientes “sin legitimación”. Sucedió cuando el banco reclamaba una deuda ilegítima, como desprende la resolución del organismo.
Por qué CaixaBank ha recibido esta sanción
Esta sanción ha sido impuesta después de que un cliente de la financiera trasladara su denuncia a Protección de Datos. Todo viene por un contrato de una tarjeta de crédito Visa Classic Club Ahora.
La entidad, a través de empresas de recobro, le estuvo reclamando al cliente el pago de una deuda anulada por sentencia judicial en el mes de mayo de 2019. De hecho, incluso CaixaBank indicó que iba a proceder al cese de cualquier tipo de reclamación por dicha deuda.
La sentencia declaró la nulidad del contrato de la tarjeta
En la sentencia, se declaraba la nulidad del contrato de la tarjeta de crédito por considerarla usuraria. Así, el cliente tan solo tenía la obligación de entregar la suma recibida, pero no así los intereses y gastos derivados de la misma.
En septiembre de 2020, el reclamante ingresó el capital prestado y los intereses legales desde la fecha de la sentencia en la cuenta del juzgado que había emitido dicha resolución.
Fue en noviembre de 2020 cuando dicho juzgado envió una notificación a CaixaBank Payments & Consumer anunciándole que el usuario había abonado el total de la deuda restante. Pero la cosa no quedó ahí por parte de la entidad bancaria.
El usuario mostró una carta del Grupo CaixaBank
Para llevar a cabo su reclamación, el cliente aportó una carta recibida por parte del Grupo CaixaBank con fecha de 24 de diciembre de 2020. En la misma, se verificaba la nulidad del contrato, dando las órdenes pertinentes para que se cesaran las reclamaciones.
No obstante, el usuario afirma que el 23 de julio de 2021 recibió un mensaje de texto, SMS, de una empresa de recobro en nombre de CaixaBank Payments & Consumer. De nuevo, se le reclamaba el pago de la deuda que ya había quedado saldada con anterioridad por sentencia.
Esto es lo que dice la financiera
La financiera, por su parte, rechaza que dicha deuda quedara “anulada”, como sí afirma el cliente. Además, tampoco considera que se le haya seguido reclamando una deuda ya pagada “como también equivocadamente indica esa agencia”, señalan.
Por otro lado, se defiende diciendo que los datos personales referentes al contrato de la tarjeta:
“Fueron objeto de cancelación/supresión y se conservan bloqueados a disposición únicamente de esa agencia, en referencia a Protección de Datos, u otros órganos administrativos o judiciales, en cumplimiento de lo previsto en la normativa aplicable”.
Al final, la Agencia Española de Protección de Datos sancionó a CaixaBank con un total de 70.000 euros por haber utilizado los datos de este cliente, como bien destacan desde el portal de facua.org.