La prestación contributiva por desempleo, el paro, es la ayuda más conocida del SEPE para trabajadores sin empleo. Para cobrarla tienes que haber cotizado un año como mínimo. La duración depende del tiempo que hayas cotizado, hasta un máximo de dos años si acumulas 1.260 días cotizados.
El SEPE permite cobrar el paro durante un máximo de dos años a aquellos que “pudiendo y queriendo trabajar” pierden el empleo de forma temporal o definitiva. Si no has cotizado el mínimo para cobrar una prestación o has agotado el paro y sigues sin empleo, puedes acceder a un subsidio.
Los subsidios del SEPE constan de una cantidad fija que se calcula por el IPREM. Este indicador se revaloriza año a año en función del IPC. El indicador se ha actualizado el 1 de enero de 2023 con una importante subida. Estas son las ocho ayudas del SEPE que han subido este año a 480 euros mensuales:
1. Subsidio por cotización insuficiente
El SEPE ofrece una ayuda de 480 euros mensuales a los trabajadores sin empleo que no han cotizado el mínimo para cobrar el paro. Con tres meses cotizados y responsabilidades familiares puede solicitar el subsidio por cotización insuficiente. O un mínimo de 6 meses sin responsabilidades familiares.
Los trabajadores con responsabilidades familiares podrán percibir esta ayuda durante 3, 4 o 5 meses en función de los meses cotizados. Si has cotizado seis meses o más, la duración del subsidio es de 21 meses. Sin responsabilidades familiares, la duración de la ayuda es de 6 meses.
2. Renta Activa de Inserción
La Renta Activa de Inserción (RAI) se ofrece a desempleados que sin cobrar otras ayudas tienen dificultades para instruir en el mercado laboral. Pueden solicitarla parados de larga duración y emigrantes retornados mayores de 45 años. También víctimas de violencia de género o con discapacidad de 33% o más.
Los requisitos son tener menos de 65 años y no tener ingresos propios superiores a 810 euros mensuales. Igualmente, no haber sido beneficiario de tres programas de la renta de inserción en ocasiones anteriores. La duración máxima es de 11 meses y se puede solicitar hasta tres veces.
3. Subsidio para mayores de 52 años
Esta ayuda está dirigida a los mayores de 52 años que han agotado la prestación por desempleo y siguen sin encontrar trabajo. Se trata de un subsidio de 480 euros que se cobra hasta la edad de jubilación. La ventaja de esta ayuda es que mientras se percibe cotiza para la jubilación.
El requisito fundamental es haber cotizado al menos 15 años, dos de los cuales en los últimos quince. Con las nuevas mejoras se aumenta la base mínima de cotización. El trabajador puede escoger entre la jubilación anticipada, si cumple los requisitos, o seguir cobrando la ayuda hasta la jubilación.
4. Subsidio para mayores de 45 años
Las personas mayores de 45 años que son parados de larga duración pueden solicitar este subsidio. Deben haber agotado la prestación por desempleo y no tener responsabilidades familiares a su cargo. Hay que estar inscrito como demandante de empleo y no ingresar más de 810 euros al mes.
Con las novedades de este 2023, esta ayuda sube su cuantía hasta los 480 euros al mes. Tiene una duración de seis meses sin posibilidad de prórroga, pudiendo solicitar luego una ayuda extraordinaria. En el caso de haber agotado el paro y tener responsabilidades familiares, hay que solicitar el Subsidio de Ayuda Familiar.
5. Ayuda Familiar
Si has agotado la prestación contributiva por desempleo y tienes cargas familiares, puedes solicitar esta ayuda. Se entiende por responsabilidades familiares el cónyuge y los hijos a cargo menores de 26 años. La duración de la prestación es de 18 meses a 30 en función de la edad y la prestación agotada:
- - Menores de 45 años que han agotado una prestación de 4 meses: 18 meses
- - Menores de 45 años que han agotado una prestación de 6 meses: 24 meses
- - Mayores de 45 años que han agotado una prestación de 4 meses: 24 meses
- - Mayores de 45 años que han agotado una prestación de 6 meses: 30 meses
6. Subsidio para emigrantes retornados
Los ciudadanos españoles que se han tenido que ir al extranjero por trabajo pueden solicitar al volver este subsidio. Pueden pedirlo si han trabajado fuera y al volver no tienen derecho a una prestación contributiva. El requisito básico es haber trabajado mínimo 12 meses en los últimos seis años.
Pueden pedirlo también las personas que no tienen derecho a una prestación por cotizaciones acumuladas en los seis años anteriores. Y los que cumplen con el requisito de rentas, es decir, no más de 810 euros mensuales. En todos estos casos percibirán una ayuda de 480 euros al mes.
7. Personas con pensión de incapacidad
El SEPE ofrece esta ayuda a las personas que dejaron de cumplir los requisitos para cobrar la pensión por incapacidad de la Seguridad Social. Se trata de una ayuda de seis meses, prorrogable hasta 18. La cuantía de la ayuda, con los cambios introducidos en el IPREM, sube a 480 euros en 2023.
Un requisito es haber sido declarado capaz para el trabajo o en situación de incapacidad parcial al ser revisado su expediente médico. Los solicitantes tienen que haber sido beneficiarios de una pensión por incapacidad permanente. Deben tener rentas inferiores a 810 euros mensuales.
8. Subsidios para liberados de prisión
Las personas liberadas de prisión con condenas superiores a 6 meses pueden solicitar un subsidio por desempleo de seis meses, prorrogable hasta 18. Tienen que estar dados de alta como demandantes de empleo y no haber rechazado ofertas de trabajo. La cuantía actualizada es de 480 euros al mes.