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Mujer cajera trabajando en un supermercado

Ojo con esto: te pueden quitar parte del sueldo en el trabajo por algo que no sabías

Deberías preocuparte si en tu próxima nómina detectas algún tipo de recorte

La polémica está servida. Los trabajadores podrían ver recortado su sueldo por algo que posiblemente desconocieran. Detrás de esta medida se encuentra una sentencia del Tribunal Supremo.

En ella se establece que la llegada al puesto de trabajo de manera tardía y sin causa justificada puede llegar a ser penalizado. Se impondría una disminución del salario. Un tema que está generando mucha controversia en el ámbito laboral, recoge Economía Digital.

Y no es para menos, ya que las empresas quieren que los empleados cumplan con los horarios pactados. Por su parte, los sindicatos defienden los derechos de los trabajadores, y entienden que los retrasos no deben castigarse con reducciones en las nóminas.

El caso concreto que señala dicha web hace referencia a una denuncia presentada por una compañía de call center. La Audiencia Nacional falló a su favor y respaldó su decisión de disminuir el salario de un empleado. Lo hará en proporción a las horas no trabajadas debido a su poca puntualidad.

Como era de suponer, en torno a esta noticia se ha producido un enorme revuelo. Principalmente por la interpretación que se hace de las normativas laborales y de protección de derechos de los trabajadores.

El tiempo no trabajado no debe ser remunerado

El Tribunal Supremo esgrime que el periodo de tiempo que no se haya trabajado no puede adquirir la condición de tiempo de trabajo. Se refiere cuando detrás de esto se esconde la impuntualidad del profesional. Por lo tanto, consideran que no debe beneficiarse de la remuneración que le correspondería.

La decisión de los tribunales ha obligado a los sindicatos y abogados laboralistas a movilizarse. Entienden que este tipo de medidas suponen una conducta ilícita y un abuso de derecho. De alguna manera contradice lo que recoge el Estatuto de los Trabajadores en su artículo 58.3.

Persona tecleando en un ordenador en el trabajo
Llegar tarde al trabajo se puede penalizar con un recorte del salario | Getty Images

En este apartado, la ley indica que no se pueden imponer sanciones que acarreen la reducción de las vacaciones. Tampoco la disminución de los derechos de descanso o multas salariales. Distintas corrientes entienden que una rebaja salarial puede ser considerado una especie de multa salarial, algo que impide la normativa. Los sindicatos defienden que este tipo de conductas son ilegales y pueden ser objeto de denuncia e impugnación.

En qué punto se encuentra la denuncia

La Audiencia Nacional se había encargado de juzgar en primera instancia este caso. Sin embargo, debido al recurso planteado por los sindicatos se reabrió. Pero el Tribunal Supremo se encargó de confirmar la primera sentencia, volviendo a darle la razón a la empresa de call center.

Los dos tribunales defienden que el salario remunera el tiempo de trabajo efectivo o el periodo de descanso reconocido como tiempo de trabajo. De ahí que consideren que las horas no trabajadas no puedan adquirir dicha condición y por lo tanto no haya obligación de pagarlas.

¿Cuáles son las sanciones por llegar tarde?

Los retrasos en el trabajo se pueden penalizar de tres maneras distintas. Con la sentencia del Tribunal Supremo se puede incluir el descuento del salario correspondiente al periodo no trabajado. En lugar de considerarlo un castigo, lo justifican como una compensación a la compañía que perdió productividad.

Cuando se trate de un problema reiterativo, que se produzca de continuo, el empleado podrá ser amonestado y sancionado. Afectaría tanto al empleo como al sueldo. En las empresas con unas relaciones laborales fluidas, la advertencia se haría llegar de manera amistosa.

Grupo de trabajadores hablando en una oficina
Las continuas faltas de puntualidad pueden conducir al despido | Getty Images

La sanción se produciría cuando el incumplimiento de horario se considerara falta grave. Ya fuera por el tiempo de retraso o por la frecuencia. Por último, se podría contemplar la posibilidad del despido sin indemnización. Así lo recoge el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores. Las faltas de asistencia o puntualidad repetidas e injustificadas pueden ser motivo de despido disciplinario.