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Una terraza de un bar ocupada solo por dos personas

El producto que bares y restaurantes están obligados a servirte gratis, si lo pides

Los clientes cuentan con el respaldo de la Ley para solicitarlo gratuitamente

Buenas noticias para los consumidores. Después de años siendo el foco de muchas discusiones, el Consejo de Ministros ha dado respuesta a una pregunta muy demandada: ¿Se debe ofrecer agua gratuitamente a los clientes en los bares o restaurantes?

La respuesta, que ha tardado unos años en llegar, se encuentra en el Boletín Oficial del Estado (BOE). En el diario oficial, se ha confirmado su obligatoriedad y además, se han anunciado nuevas medidas para los comercios.

Los establecimientos ya han introducido la medida

Desde este jueves, los establecimientos de hostelería o restauración ofrecen agua no envasada gratuitamente a los clientes. Aunque la obligación ya se había incluido en abril en la Ley de Residuos, se espera que como Real Decreto ejerza más presión sobre los dueños de los establecimientos.

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Por lo tanto, se ha terminado de forma oficial el dilema sobre poder pedir o no agua gratis en los bares o restaurantes. Pues, a partir de ahora, todos los establecimientos deberán estar dispuestos a ofrecer el agua. Además, se espera que se haga de forma complementaria a la oferta del mismo lugar.

Restaurante por dentro
Todos los establecimientos de restauración deben cumplir con este Real Decreto | Getty Images

La decisión responde ante la necesidad, como se recoge en el mismo BOE, de reducir los efectos negativos de la generación y la gestión de los residuos, sin tener que abusar de los envases de un solo uso.

Y pese a las protestas que ha generado entre el sector de la hostelería, se espera que todos cumplan con lo recogido en el artículo 18 de la Ley 7/2022, donde podrán consultar la obligatoriedad de ofrecer agua gratis.

Otras medidas que entran en vigor el domingo

Paralelamente, los comerciantes deberán cumplir nuevas medidas, las cuales afectan de igual modo a los comercios online o comercios online. Entre ellas, abogar por la promoción de bolsas reutilizables con el fin de que los clientes se adapten a su uso. Uno de los principales propósitos del Gobierno es conseguir los usuarios se acomoden al uso de bolsas de un solo uso.

Asimismo, tendrán que compartir información relacionada sobre la disponibilidad de envases reutilizables en el comercio, una medida que algunos comercios llevan implantando desde hace unos meses. Con relación a esto, también será importante fomentar el uso de recipientes reutilizables propios.

Mano sosteniendo un vaso reutilizable de plástico
Los comercios deberán fomentar el uso de recipientes reutilizables | Getty Images

Y de cara al 1 de julio de 2023, todos aquellos los promotores de eventos festivos, culturales o deportivos españoles deberán contar con alternativas para la distribución de bebidas envasadas. La más común, y que lleva años implantada en ciertos eventos, es la de vasos reutilizables de plástico.

Normalmente, el cliente paga un "alquiler" del vaso, que se recupera una vez se ha devuelto el vaso. De este modo, los promotores cuentan con un depósito que podría sufragar la pérdida del vaso, en el caso de que no sea devuelto. Y los clientes, una "motivación" para la devolución de este.

El Real Decreto también fomenta los alimentos a granel

Con intención de popularizar la venta de alimentos a granel, se pretende que la mayor parte de verduras y frutas sean vendidas siguiendo este método. No obstante, la obligación no abarcará a dichos productos que superen los 1,5 kg.

Estudiados los beneficios de este tipo de venta, se espera que los comercios también fomenten los alimentos a granel. De este modo, los clientes tendrán de forma más accesible la posibilidad de comprar productos sin haber sido empaquetados o envasados.

Para que se cumpla, se ha establecido que, a partir del 1 de enero de 2023, los comercios minoristas incluyan este tipo de venta. Todos aquellos, con 400 metros cuadrados, tendrán la obligación de destinar el 20% de su área de ventas: "a la oferta de productos presentados sin embalaje primario, incluida la venta a granel o mediante envases reutilizables", como recoge el BOE.