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Una anciana contando monedas.

La pensión de viudedad real que pagará la Seguridad Social en España en noviembre

Conoce como varían las cuantías según la situación de cada beneficiario

La Seguridad Social abona todo tipo de prestaciones de forma mensual en España. Una de estas prestaciones es la pensión de viudedad, que cobran miles de personas en nuestro país. En este sentido, es muy importante conocer la cuantía que se va a cobrar en noviembre, ya que muchos dedican ese dinero a cubrir los gastos de la Navidad.

La pensión de viudedad es una ayuda específica para esas personas que han perdido a su cónyuge o pareja de hecho. Consiste en una compensación económica mensual que cobra la parte de la pareja que se ha quedado viuda en el momento en el que la otra fallece.

Esta pensión, otorgada por el Gobierno, es compatible con la paga de jubilación, la renta de trabajo o la retribución por incapacidad con la que pueda contar el beneficiario. La pensión de viudedad se otorga de manera mensual y también cuenta con dos pagas extraordinarias anuales.

Las dos compensaciones adicionales se efectúan en los meses de junio y noviembre. Sin embargo, en caso de enfermedad o accidente laboral, quedarán distribuidas entre los doce pagos mensuales correspondientes.

Requisitos para pedir la pensión de viudedad

En el momento de pedir la compensación, la persona viuda debe tener en cuenta si cumple con todos los requisitos indispensables. Algunos de los más relevantes son los siguientes.

1. El fallecido como principal fuente de rentas

El cónyuge superviviente tendrá acceso a la contribución siempre que su pareja fuera la única o la principal fuente generadora de rentas en la unidad familiar.

Manos de una persona mayor sujetando una cartera y monedas
El beneficiario debe tener en cuenta los requisitos para pedir la pensión de viudedad. | Canva

2. Alta en la Seguridad Social

Para tener acceso a una pensión de viudedad, es necesario que la persona difunta se encontrara en situación de alta, o similar, en el Régimen de la Seguridad Social en el momento de su fallecimiento.

3. Periodo mínimo de cotización

En el caso de no contar con el alta en la Seguridad Social, también tiene derecho a cobrar el pago si el fallecido ha cotizado un mínimo de 15 años a lo largo de su vida. La acreditación del periodo mínimo de cotización reglamentaria es obligatoria.

4. Beneficiaria de cualquier pensión

La compensación económica será otorgada si la persona es beneficiaria de la pensión de jubilación o de incapacidad permanente en el momento de su defunción. Encontrarás todos los requisitos de forma detallada en el portal web de la Seguridad Social.

Las cuantías mínimas de la pensión de viudedad en España

Según la Seguridad Social, el porcentaje medio correspondiente a la pensión de viudedad es de un 52%. Este se aplica a la base reguladora. Sin embargo, existen excepciones en las que el porcentaje pasa a ser del 60%.

Cuando la parte beneficiaria se encuentre o supere la franja de edad de los 65 años, en el caso de que no perciba ninguna pensión pública o ingresos por trabajos, o que la persona no disponga de rentas de capital mobiliario o inmobiliario superior a 7.707 euros al año.

No obstante, el Estado abona unas cuantías mínimas en función de la situación de cada ciudadano con acceso a la pensión de viudedad. Estas variantes tienen en cuenta la edad, las circunstancias familiares y las discapacidades de cada usuario.

La cuantía en el caso de tener cargar familiares

En caso de que la persona viuda tenga que lidiar con cargas familiares, se le otorgaran 834,90 euros al mes, sumando un total de 11.688,60 euros al año. Para aquellas personas mayores de 65 años o con una discapacidad del 65% o más, por norma general, les corresponderán 721,70 euros mensuales, un total de 10.103,80 euros al año.

Sacando dinero
En el caso de tener cargas familiares, el dinero a cobrar aumenta | Getty Images

Si el beneficiario tiene entre 60 y 64 años se le otorga una compensación de 675,20 euros al mes, con una suma total de 9.452,80 euros anuales. Por otro lado, a aquellas personas menores de 60 años les corresponden 546,80 euros al mes, un total de 7.655,20 euros al año.

Hay que tener en cuenta que la pensión de viudedad se revaloriza al comienzo de cada año, tal como se expone el artículo 58 de la Ley General de la Seguridad Social y en el Real Decreto de revalorización de pensiones.