La subida de precios que estamos sufriendo en España se ha convertido en un auténtico problema. Sobre todo, desde hace unos meses. Con una inflación que se sitúa en el 10,8%, lo cierto es que cada vez son más las personas que no llegan a fin de mes.
De todas estas personas, las más afectadas son los pensionistas. Este es uno de los motivos principales por los que es importante conocer cuál es la pensión mínima y máxima disponible en este 2022.
Cuánto subieron las pensiones en 2022
A principio de año las pensiones consideradas como contributivas aumentaron un 2,5%, adecuándose al IPC medio del año 2021. Sin embargo, las pensiones mínimas, tanto contributivas como no contributivas, han subido un 3%, situándose por encima del IPC medio.
Asimismo, es importante tener en cuenta que, según las últimas medidas del Gobierno, desde el mes de julio hasta finales de 2022 aquellas pensiones no contributivas subirán otro 15% más. El objetivo es paliar la gran subida de precios lo máximo posible.
Esta es la pensión máxima que podrás cobrar este año
Este 2022, la cuantía máxima de las pensiones públicas contributivas se sitúa en 2.819,18 euros. Es decir, 39.468,52 euros anuales en 14 pagas. En 2021 esta cuantía máxima era de 2.707,49 euros o 37.904,86 euros anuales en 14 pagas. En otras palabras, ha ascendido 111,69 euros al mes.
Sin embargo, hay que tener en cuenta que ningún pensionista puede cobrar más de dicha cifra. Esto sucede debido a que la ley establece tanto un mínimo como un máximo, aunque se cotice por la base máxima (4.139,40 euros al mes).
En cuanto a las cuantías mínimas, estas varían dependiendo de cada caso, así como del tipo de pensión del que estemos hablando. En este sentido, se establecen cifras distintas para este 2022, aunque todas ellas quedan divididas en 14 pagas anuales.
1. Jubilación para quienes tengan menos de 65 años
Los jubilados menores de 65 años con cónyuge a cargo tienen derecho a una pensión mínima de 834,90 euros mensuales o 11.688,60 euros al año. Aquellos que no tengan cónyuge percibirán un mínimo de 675,20 euros al mes o 9.452,80 anuales. Por otro lado, quienes tengan cónyuge, pero este no esté a su cargo, obtendrán una pensión mínima de 638,20 euros al mes o 8.934,80 euros anuales.
2. Jubilación a partir de los 65 años
Los jubilados que tengan 65 años o más y tengan un cónyuge a cargo obtendrán un mínimo de 890,50 euros mensuales o 12.467 al año. Mientras tanto, los que no tengan cónyuge tienen derecho a un mínimo de 721,70 euros mensuales o 10.103,80 al año. Aquellos que tengan cónyuge, pero no a su cargo, tienen derecho a un mínimo de 685 euros mensuales o 9.590 al año.
3. Jubilados con 65 años que procedan de gran invalidez
Por otra parte, los jubilados que tengan 65 años y cónyuge a cargo obtendrán un mínimo de 1.335,80 euros al mes o 18.701,20 anuales. Los que tengan un cónyuge, pero no a su cargo, de 1.027,50 euros mensuales o 14.385 al mes. Mientras tanto, aquellos que no tengan cónyuge tienen derecho a una pensión mínima de 1.082,60 euros al mes o 15.156,40 anuales.
4. Pensión mínima de gran invalidez
La pensión mínima de gran invalidez para aquellos con cónyuge a cargo será de 1.335,80 euros mensuales o 18.701,20 al año. Para quienes tengan cónyuge, pero no a su cargo, de 1.027,50 mensuales o 14.385 anuales. Para aquellos que no tengan cónyuge será de 1.082,60 euros al mes o de 15.156,50 al año, del mismo modo que sucede con los anteriores.
5. Incapacidad total o absoluta a partir de 65 años
La pensión mínima por incapacidad total a partir de 65 años para aquellas personas con cónyuge a cargo será de 890,50 euros al mes o 12.467 al año. Para quienes no tengan cónyuge a su cargo, será de 685 euros mensuales o 9.590 al año. Mientras tanto, para aquellos que no tengan cónyuge, será de 721,70 al mes o de 10.103,80 euros anuales.
6. Incapacidad total para personas de entre 60 y 64 años
Por su parte, la pensión mínima por incapacidad total para personas de entre 60 y 64 años con cónyuge a cargo es de 834,90 euros al mes o 11.688,60 euros al año. Para aquellas con cónyuge, pero no a su cargo, será de 638,20 euros mensuales o 8.934,80 al año. En cambio, para quienes no tengan cónyuge será de 675,20 euros al mes o 9.452,80 anuales.
7. Incapacidad total por enfermedad común en menores de 60 años
La cuantía mínima por incapacidad total derivada de una enfermedad será de 532 euros al mes o 7.448 al año para quienes tengan un cónyuge a su cargo o no tengan cónyuge. Para quienes tengan cónyuge, pero este no esté a su cargo, será de 527,40 euros mensuales o 7.383,60 al mes.
8. Incapacidad parcial por accidente laboral para personas de 65 años
Para aquellas personas con incapacidad parcial por accidente laboral de más de 65 años que tengan cónyuge a su cargo, la cuantía mínima será de 890,50 euros al mes o 12.467 al año.
Mientras tanto, para quienes no tengan cónyuge será de 721,70 al mes o de 10.103,80 euros anuales. Para quienes tengan cónyuge, pero no a su cargo, será de 685 euros al mes o 9.590 anuales.
9. Pensión mínima de viudedad
En cuanto a la pensión mínima de viudedad, para aquellas personas con cargas familiares será de 834,90 euros al mes o 11.688,60 anuales. Para los mayores de 65 años con discapacidad igual o mayor del 65% será de 721,70 euros al mes o 10.103,80 euros al año.
Mientras tanto, para aquellas personas de entre 60 y 64 años, será de 675,20 euros mensuales o 9.452,80 anuales. Para los menores de 60 años sin cargas será de 546,80 euros al mes o 7.655,20 al año.
10. Pensión mínima por orfandad
La pensión mínima de orfandad por beneficiario será de 220,70 euros mensuales o 3.089,80 al año. Para los menores de 18 años con discapacidad igual o mayor al 65%, será de 434 euros al mes o 6.076 anuales.
Para aquellos casos de orfandad absoluta la cuantía mínima será de 10.266,20 euros si es un solo beneficiario o 3.089,80 euros al año por cada uno de ellos en el caso de haber más.
Pensión mínima en favor de familiares
La cuantía mínima en favor de familiares será de 22.70 euros mensuales o 3.089,80 euros al año por beneficiario. En el caso de que no haya viudo ni huérfano, la pensión mínima de un beneficiario de 65 años o más será de 533,10 euros al mes o 7.463,40 al año.
Si hay un beneficiario de menos de 65 años, será de 502,40 euros mensuales o 7.033,60 anuales. Por último, si existen varios beneficiarios, será de 3.089,80 euros al año por cada uno de ellos.