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Un hombre con tres billetes de 50 euros en un cajero de un banco

El paso obligatorio para cobrar la ayuda del SEPE a mayores de 52 años

Hay tres formas de renovar anualmente esta ayuda de 480 euros al mes

El subsidio para desempleados mayores de 52 años sigue siendo la mayor ayuda que existe en España para personas sin trabajo. No sólo te permite cobrar un dinero mientras encuentras un trabajo, sino que también cotizas para la jubilación. Además, es ilimitada hasta la edad de jubilación.

Esta ayuda está pensada para personas que están cerca de la edad de jubilación y tienen problemas para encontrar trabajo. Como ves, tiene muchas ventajas pero el acceso a ella tiene también sus particularidades. La administración exige unos requisitos indispensables para cobrar esta ayuda.

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El subsidio para mayores de 52 años está dotado con una cantidad de 480 euros al mes. Para acceder a ella tienes que demostrar que tienes más de 52 años y que estás en situación legal de desempleo. Pero además, debes presentar todos los años una declaración obligatoria.

El paso obligatorio para esta ayuda

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) se encarga de gestionar el subsidio para mayores de 52 años. El SEPE exige, entre otras cosas, que el solicitante tenga ingresos inferiores al salario mínimo interprofesional. En concreto, que no alcance el 75%, es decir, 750 euros al mes.

Una Oficina de Empleo de la Comunidad de Madrid
Esta ayuda beneficia a muchas personas sin empleo | EuropaPress

Una vez accedes al subsidio, debes mantener esta condición durante todo el período que cobres la ayuda. Y para asegurarse de ello, el SEPE exige que lo demuestres anualmente. “Los beneficiarios deberán presentar cada año una declaración de sus rentas acompañadas de la documentación que lo justifique”, especifica.

Presentar esta declaración anualmente es un paso obligatorio para seguir cobrando esta ayuda. El SEPE se asegura así de que el beneficiario no ha aumentado sus ingresos por encima del límite marcado. De esta forma se puede ir renovando el subsidio año a año, hasta la jubilación.

Cómo renovar el subsidio para mayores de 25 años

El SEPE exige que presentes anualmente la declaración de tus rentas, y tienes tres formas de hacerlo. La primera es presentando el formulario de presolicitud, disponible en la página web del SEPE. Tendrás que poner tu DNI, ir a Pre-solicitud de prestación individual, y de ahí a Declaración anual de rentas subsidio mayores de 52.

En la sede electrónica del SEPE dispones también del trámite Realice la declaración anual de rentas. Esta opción está pensada para personas que disponen de certificado digital o Cl@ve y que cumplen con el límite de ingresos. Una vez dentro del sistema tienen que aportar los datos personales y de las rentas.

La tercera vía es de forma presencial en una oficina del SEPE, y está dirigida a aquellos que incumplieron el límite de ingresos en algún mes. Hay que pedir cita previa en la sede electrónica del SEPE o al 91 926 79 70. A través de estos tres mecanismos puedes renovar anualmente la ayuda.

Cuándo tengo que hacerlo

No renovar hacer la declaración anual obligatoria de las rendas comporta perder el subsidio de forma inmediata. Y atención, porque también hay un plazo establecido para hacer la declaración anual. El SEPE es muy estricto con los plazos, y pasarse de la fecha supone perder el derecho al subsidio.

Billetes de 50 y 20 euros en una mano, sobre una mesa de madera
El SEPE concede esta ayuda de 480 euros al mes | Getty Images

Según informa el SEPE, debes presentar la declaración dentro de los 15 días hábiles tras la fecha en que se cumple un año de la misma renovación. Es decir, si presentaste la última declaración el 1 de enero de 2022, tendrías hasta el 16 de enero de 2023. Y así sucesivamente todos los años.

El SEPE deja claro que no renovar el subsidio a tiempo conlleva perder el cobro del mismo hasta que se presente la declaración anual. Una vez presentada de nuevo, no podrás recuperar el dinero perdido hasta entonces. Además, mientras no cobres el subsidio también pierdes la cotización.