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Tres cervezas con una mujer en segundo plano y desenfocada

La OCU avisa de lo que no te pueden cobrar jamás en una terraza en España

Aunque existen ciertas dudas entre los consumidores, la OCU ha dejado claro qué no debemos pagar

A todos, en algún momento de nuestra vida, nos han ofrecido pan de la casa cuando hemos ido a comer a algún restaurante. También puede que nos hayan dado un vaso de agua en alguna ocasión, o incluso nos hayan ofrecido una mesa en la zona de terraza. Sin embargo, ¿es legal que nos cobren por todo ello?

La delgada línea entre lo legal e ilegal 

Cualquier persona que sea consumidora de un determinado producto o servicio tiene obligaciones, así como también derechos. Y en el caso del sector de la hostelería y la restauración no iba a ser menos.

Todos conocemos la típica 'hoja de reclamaciones', que normalmente viene acompañada de un cartel informativo en la entrada o mostrador de un establecimiento. Pero, ¿podríamos solicitarla en cualquier ocasión? ¿Qué finalidad tiene dicha hoja?

Pues bien, la hoja de reclamaciones es un documento a través del cual un consumidor puede poner una reclamación. Cualquier empresa de servicio y consumo debe poner a disposición de sus clientes esta hoja, o de lo contrario, estaría cometiendo una infracción.

CAMARERO
Cualquier establecimiento debe poner a disposición hojas de reclamación | Getty Images

Cuando una persona la solicita, en ella puede hacer constar su disconformidad con el trato, el producto o el servicio que ha recibido. A través de esta hoja, y de forma extrajudicial, la Administración tendrá constancia de este descontento.

Evidentemente, pueden darse algunas ocasiones en las cuales nos veamos casi obligados a pedirla, y la mayoría de veces pueden ocurrir en sitios como bares y restaurantes.

Muchas personas todavía tienen dudas, pero sin embargo, la OCU es clara al respecto. Si quieres evitar tener que pedir una hoja de estas, es conveniente que conozcas tus derechos y obligaciones como consumidor. Vamos a ver a continuación un listado con los 5 productos y servicios que, si vas a cualquier bar o restaurante, estos NO podrían cobrarte.

1. Suplemento de terraza

Se trata de un suplemento totalmente ilegal. Si el bar o restaurante al que acudes dispone de una zona de terraza o exterior, debes de saber que es totalmente lícito estar allí sin un gasto extra a no ser que esté señalado de alguna forma visible.

2. Pan

Puede que sea, casi con total probabilidad, la cuestión que más dudas ha generado a la hora de pedir la cuenta. Lo cierto es que el pan, de la misma forma que los aperitivos, solo se puede cobrar cuando se cumplan dos condiciones.

La primera es que sea el propio cliente quien lo solicite, y la segunda, además, es que su precio debe estar perfectamente indicado en la carta o el menú. Por ello, podrías reclamar si pretenden cobrarte por un pan que tú no has pedido previamente.

3. Consumo mínimo / Tiempo máximo

Este punto suele generar bastante controversia, por lo que es necesario aclararlo. Tal y como establece la OCU, cualquier bar o restaurante puede fijar un consumo mínimo y un tiempo de estancia máximo. Eso sí, antes que nada tendrá que avisar previamente al cliente.

4. Agua

Si alguna vez necesitas pedir un vaso de agua, debes saber que actualmente todos los establecimientos tienen la obligación de ofrecértelo si es del grifo. Quizás algunos recurran a viejas excusas como que tiene mal sabor o es de grifo... aun así, estos argumentos no eximen de su obligación a servirlo.

5. Servicio de mesa y cubiertos 

Puede parecer evidente, pero todavía existen personas que desconocen esta información. Tanto el servicio de mesa como los cubiertos ya forman parte del propio servicio de hostelería. Por lo tanto, es totalmente ilegal que te cobren un pago extra por ello.