Este viernes 29 de septiembre entra en vigor la nueva Ley de Bienestar Animal. Introduce una serie de novedades que afectarán a los propietarios de mascotas. De incumplir algunas de ellas, las multas pueden llegar a ser muy elevadas.
Lo que se pretende con esta normativa es conseguir la mayor protección de los derechos y el bienestar de los animales domésticos. También busca acabar con el maltrato y abandono de los mismos.
Desde que se aprobara a comienzos de año, dicha legislación ha provocado cierta polémica. Principalmente porque algunos de sus puntos no han sido del todo bien recibidos por parte de los dueños de las mascotas. O al menos no se ha entendido el propósito que se buscaba.
Esta ley entra en funcionamiento a partir de hoy, pero lo hará a medias. Dos de los aspectos más controvertidos incluidos en ella deberán esperar. Por ahora, los dueños no tendrán que hacer el cursillo que contemplaba la normativa ni tampoco contratar el seguro obligatorio.
El director general de Derechos de los Animales, Sergio Torres, explicó que dichas cuestiones precisan de un desarrollo reglamentario. Pero de momento no podrá llevarse a cabo debido a que todavía hay un Gobierno en funciones, dijo en La Sexta. En cualquier caso, la intención es que esto pueda materializarse antes de que acabe 2023.
Insisten en la necesidad de ir preparándose para cuando llegue el momento. Sobre todo en lo que se refiere al apartado del seguro, que incluso podría ir incluido en el del hogar.
En lo referente al curso, será obligatorio para todos aquellos que deseen tener una mascota en su casa. Por su parte, aquellos que ya cuenten con un animal a su cargo dispondrán de un periodo de dos años para conseguirlo.
Las multas que desconozcas con la nueva ley
Hay ciertas acciones que resultan muy frecuentes por parte de los propietarios que a partir de ahora se castigarán con sanciones. Ya no se podrá dejar solo a un perro durante un día o más de tres días a un gato.
Los perros no podrán estar desatendidos, ni permanecer atados con correas o viviendo en patios o terrazas. También se verán afectados por las modificaciones en la normativa los establecimientos que comercialicen con mascotas.
Ya no tendrán la posibilidad de vender canes, gatos o hurones. Eso sí, se les concederá un periodo de doce meses para que se adapten a la legislación.
Además, aquellos que se dediquen a criar deberán registrarse como profesionales si tienen intención de vender. Por su parte, los que deseen contar con una camada deberán hacer lo propio como criadores ocasionales.
Comportamientos tan frecuentes como la venta de mascotas por internet también estará perseguido. Las acciones contra el bienestar animal estarán catalogadas de leves, graves o muy graves. Las multas parten desde los 500 euros y llegarán hasta los 200.000.
¿Cuántos animales se pueden tener como máximo?
Con la nueva legislación se limitará también el número de animales domésticos por vivienda a cinco. Puede darse el caso de que alguno ya los tenga o su intención sea contar con una cifra más elevada. En ese caso se requerirá disponer de un permiso especial que facilitarán los correspondientes ayuntamientos.
Las administraciones locales se encargarán de aceptar o denegar la propuesta de los propietarios. Para ello se apoyarán en un informe veterinario que certifique el adecuado estado de los animales en la casa.
De tener el visto bueno, no habría inconveniente en tener las cinco mascotas en el inmueble. Pero puede ocurrir que se le deniegue el permiso. En ese caso se debería entregar las mascotas a un centro especializado con la licencia correspondiente.