Si tienes a una persona haciendo limpieza en tu casa, más te vale tener preparada la cartera. Las normas y leyes no dejan de cambiar, y es importante mantenerse actualizado si no queremos tener ningún problema con la Agencia Tributaria. Una de las últimas novedades la encontramos en el Real Decreto-ley 16/2022 de 6 de septiembre.
En el mismo, se recogen las mejoras en las condiciones para los empleados del hogar. Una de las cosas que hay que tener en cuenta, además, es que se incrementa la cotización para incluir en ella la protección por desempleo y la aportación al FOGASA.
Este incremento se aplicará a la base de cotización que, por su parte, estará determinada por el salario que perciba cada empleado. Por otro lado, es importante saber que el importe no subirá en exceso, pues existen múltiples reducciones y bonificaciones.
Esto es lo que tendrás que pagar si limpian en tu casa
En el caso de que cuentes con un empleado del hogar, debes tener en cuenta los últimos datos publicados en la web de la Seguridad Social. De la misma podemos extraer que la base de cotización media se sitúa en 655.22 euros al mes.
En dicho ejemplo, los empleadores deberían pagar un total de 32,76 euros mensuales en concepto de desempleo. Por otro lado, habría que abonar 1,31 euros al mes por FOGASA. Es decir, el Fondo de Garantía Salarial.
No obstante, existe una bonificación del 80% propuesta por el Gobierno. Gracias a la misma, tan solo tendrán que abonar 6,81 euros. Además, también se reducirá en un 20% la aportación por contingencias profesionales.
Existen una serie de bonificaciones
Como decíamos, una de las cosas más importantes a tener en cuenta sobre la nueva norma son las bonificaciones a las que el empleador podrá acceder. En este sentido, existen reducciones del 20% en la aportación empresarial por contingencias comunes en la cotización a la Seguridad Social.
Por otra parte, también existe una bonificación del 80% en la aportación empresarial por desempleo, así como por el importe que se paga por el FOGASA. Estas serán aplicables a cualquiera que contrate o tenga contratada a una persona de servicio del hogar dada de alta en la Seguridad Social.
Para beneficiarse de estas ayudas, el requisito que hay que cumplir es estar al corriente de pago con la Seguridad Social. También que hayan cumplido con sus obligaciones tributarias desde el momento en el que empezó a trabajar el empleado o empleada del hogar.
Los tipos de cotización para empleados del hogar
Pensando en la base de cotización media del sistema especial de empleo del hogar, que se sitúa en los 655,22 euros, la cuota subirá menos de 7 euros para el empleador. Esto será después de aplicar la bonificación del 80%. A partir del 1 de enero de 2023, los tipos de cotización quedarán recogidos en la Ley de Presupuestos Generales del Estado según el ejercicio.
En la actualidad, entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de este 2022, los tipos de cotización para el desempleo son del 6,05%. El 5% es a cargo del empleador y el otro 1,05% a cargo del empleado. Para el Fondo de Garantía Social, por su parte, es el 0,2%; este se encuentra a cargo tan solo del empleador.
Cuándo se empiezan a pagar las nuevas cotizaciones
La nueva ley pretende ofrecer garantías a los empleados del hogar y su objetivo es que todos ellos estén dados de alta en la Seguridad Social. En este sentido, el primer pago de estas nuevas cotizaciones se deberá llevar a cabo en diciembre.
En este mes, se abonarán las cuotas que correspondan al mes de noviembre. Las del mes de octubre, por su parte, se cobrarán en 2023. Aunque la fecha, de momento, no está especificada, todo apunta a que será a principios de año.