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Un hombre sacando billetes de euro de su cartera

Con tan solo 10 años cotizados, ya tienes derecho a una pensión de la Seguridad Social

Las personas con menos años cotizados de los permitidos también pueden disfrutar de una paga

Mucha gente se ha tenido que salir del mercado laboral antes de tiempo, ya fuera para atender a sus hijos o a familiares dependientes. Y lo más probable es que no hayan llegado al nivel de cotización mínimo que exige la Seguridad Social para percibir una pensión de jubilación. Pero deben saber que con 10 años aportados al sistema público también es posible acceder a una paga.

Una de las exigencias básicas para cobrar una pensión contributiva a la hora de jubilarse es tener cotizado al menos 15 años. Además, dos de estos años deben estar comprendidos en los 15 anteriores al momento de solicitar la prestación.

Como apuntábamos con anterioridad, no todas las personas llegan a reunir las condiciones precisas para ello. Sobre todo en lo que se refiere a años de cotización. Pero eso no es impedimento para que pueda disfrutar de otro tipo de ayudas.

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En el caso de aquellos ciudadanos con tan solo 10 años de aportación a la Seguridad Social. También tendrán derecho a una paga. Se tratará de una pensión no contributiva de jubilación, que como es lógico, resultará un tanto inferior a la contributiva.

La citada ayuda tiene el propósito de garantizar "a todos los ciudadanos en situación de jubilación una prestación económica". Pero también "asistencia médico-farmacéutica y servicios sociales complementarios", recoge la web portal Jubilación de Futuro de BBVA.

Un hombre contando dinero con la cartera vacía junto a billetes y monedas
Los que hayan cotizado poco pueden optar a una pensión no contributiva | Getty Images

Con las últimas actualizaciones de este año, sus beneficiarios pueden llegar a percibir al mes 484,61 euros. Será la cantidad básica, pero la mínima se reduce al 25%, que se traduciría en 121,15 euros.

¿Qué es necesario para percibir una pensión no contributiva?

Las personas que se hayan quedado en los 10 años cotizados tienen la posibilidad de reclamar esta paga cuando lleguen a los 65. Otra cosa bien distinta es el caso de aquellos que hayan alcanzado la barrera de los 15 años. En su caso sí que podrían acceder a la pensión contributiva.

En cualquier caso, para cobrar una pensión no contributiva el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) exige una serie requisitos. Lo primero que reclaman es que el solicitante haya alcanzado ya los 65 años.

En lo que se refiere a los ingresos, tendrá prohibido rebasar los umbrales de renta fijados por la ley. Se considera que hay carencia cuando sus ingresos anuales se encuentran por debajo de los 6.784,54 euros. La situación en cuanto a los umbrales variará según el núcleo familiar.

Dependerá en cierta medida del número de convivientes y de la suma de rentas de todos los miembros de la unidad familiar. Por ejemplo, de vivir con el cónyuge, el tope quedaría fijado en los 11.533,72 euros anuales. De estar el cónyuge y además un pariente de segundo grado de consanguinidad, el límite llegaría a 16.282,90 euros.

Jubilados contentos
Para acceder a la pensión no contributiva hay que cumplir una serie de exigencias | Getty Images

Por último, también hacen mención a la obligatoriedad de residir de manera habitual en España. Recuerdan que es preciso contabilizar un periodo de diez años, desde que se cumplen los 16 años hasta que se solicita la pensión. Dos de ellos deben ser "consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud".

¿Qué ocurre si cobro pensión contributiva y no llego a la paga mínima?

Puede darse el caso también de que alguien perciba una pensión contributiva y no alcance la pensión mínima. De ocurrir esto, sería posible solicitar el complemento de mínimos.

La cuantía de la misma es variable y estará condicionada en cierta medida a las rentas del perceptor. Para calcularla tan solo hay que restar a la pensión mínima de la Seguridad Social el importe de la paga del jubilado. El resultado será la cantidad que se cobre en concepto de complemento.