Cada vez son más los clientes que se animan a abrir reclamaciones contra las empresas que no actúan de acuerdo con sus intereses. Esto, que antes era poco frecuente, se está convirtiendo en una norma en la actualidad.
De hecho, existe un ránking de compañías con más reclamaciones interpuestas por parte de los consumidores. Estas son Vodafone, Apple, Ryanair, Endesa y Naturgy, una de las empresas energéticas más conocidas.
Así lo confirma la Organización de Consumidores y Usuarios, también conocida como OCU por sus siglas. Estos datos tienen más relevancia si a eso le sumamos que, una de ellas, ha tenido que devolver dinero cobrado de más a sus propios clientes.
Esta es la compañía eléctrica que tiene que devolver dinero a sus clientes
De todas las empresas que hemos visto, la última en tener que devolver dinero a sus clientes es Naturgy. En concreto, el importe que debe devolver a uno de sus consumidores la compañía energética es de 163 euros.
Estos se le habían facturado desde agosto por una aplicación indebida del “tope del gas” impuesto por el Gobierno. Naturgy, de este modo, aplicó mal el Mecanismo de Ajuste que consta en el Real Decreto Ley 10/2022.
Este concepto, de hecho, tan solo puede ser aplicado por parte de las comercializadoras a los contratos que tengan la tarifa PVPC. Además, deben ser aquellos que pertenezcan al mercado libre dentro de la península y a los que se hayan renovado o suscrito desde el 26 de abril.
A este cliente le han tenido que devolver el dinero que le cobraron de más
Por todo ello, uno de los afectados decidió interponer una reclamación contra la compañía. De acuerdo con la OCU de Aragón, el cliente tomó esta decisión porque su contrato había finalizado en diciembre.
Sin embargo, Naturgy indicaba que el consumidor: “Había renovado su contrato”. Es decir, negó en todo momento que tuvieran que devolverle la cantidad que el cliente había reclamado después de habérsela cobrado de más.
Desde la OCU lanzaron un comunicado expresando lo siguiente:
“Tal alegación era infundada porque el consumidor tenía la posibilidad de cambiar de tarifa/precio por consumo dentro del contrato suscrito con su comercializadora, pero tales cambios no podían considerarse como una novación del contrato”.
La OCU afirma que no es un caso aislado
A todo ello, por otro lado, hay que sumarle que este no es un caso aislado. La Organización de Consumidores y Usuarios, de hecho, detecta varias quejas por “aplicación indebida del tope del gas”. Esto sucede desde la actualización de precios que se llevó a cabo en octubre.
Asimismo, desde la OCU denunciar que este no es el único punto que genera problemas al resto. Desde que entró en vigor la medida, no existen referencias en el decreto sobre cómo los comercializadores pueden o no trasladar el coste a sus clientes.
Como resultado, una mala aplicación de la medida por parte de las empresas hace que el consumidor sea quien termine pagando de más. Esto va en contra del propósito que tuvo el Gobierno cuando decidió llevar hacia delante el mecanismo.
La situación no es fácil de resolver
Otra de las cosas que hay que tener en cuenta es que todos los problemas derivados de esta mala aplicación y mal reflejo en el decreto no son fáciles de resolver.
En este caso concreto, desde la OCU indican lo siguiente:
“Han sido necesarios dos documentos de la CNMC para resolver algunas cuestiones, y en cualquier caso la situación de indefensión del consumidor sigue siendo total, ya que sigue sin poder verificar si tiene que asumir ese coste y si el importe que se le traslada es correcto”.