Logo EspanaDiario.tips
Logo EspanaDiario.tips
Logo Messenger Espanadiario.tips
Logo whatsapp
Perfil de un agente de tráfico parando a un coche blanco por un control

El castigo de la Agencia Tributaria, si te resistes a pagar una multa de la DGT

Recuerdan a los ciudadanos que disponen de un plazo para abonar las multas de tráfico

Cualquier conductor se expone a sufrir una multa, ya sea por exceso de velocidad o un mal estacionamiento, por ejemplo. De no cumplir con los plazos de abono de la correspondiente sanción, dicho trámite pasará a manos de la Agencia Tributaria. En Hacienda son excesivamente estrictos, por lo que de mantenerse el impago, el castigo se irá endureciendo de forma importante.

Por lo general, tras recibir una multa existe un periodo de tiempo determinado para pagarla. Al comienzo se disfrutará de un descuento, pero a medida que pasen los días se irá incrementando la cuantía. Hasta el punto de llegar con recargo una vez que se excede del plazo ordinario.

La Agencia Tributaria castiga los impagos de las multas

Pero eso no sería lo peor. Llegados a cierto punto, la Agencia Tributaria se ocuparía del proceso y podría embargar las cuentas y bienes del propietario del vehículo. Cuando se cometa una infracción, lo más adecuado sería abonar la sanción lo antes posible, sobre todo si no tienes previsto recurrirla. Durante los primeros 20 días naturales desde que se comunica la denuncia se beneficiará de una rebaja del 50%. Es lo que se conoce como 'prontopago'.

En el caso de que no se liquide la multa en esos 20 días, se dará apertura al periodo ordinario. Se alargará durante otros 25 días más y el importe a asumir será el 100%, recoge El Periódico de España.

Un guardia civil de Tráfico pide documentación a un conductor
Lo aconsejable es abonar la sanción durante los primeros días para disfrutar de un descuento del 50% | EuropaPress

Una vez transcurrido este último plazo, la infracción pasará a manos de Hacienda, que requerirá su pago con un 20% de recargo.

¿Qué ocurre si me niego a pagar una multa?

Después de superarse el periodo de pago ordinario, la Dirección General de Tráfico (DGT) confiará el abono de la multa a la Agencia Tributaria. Este organismo hará llegar al infractor una notificación de la providencia de apremio. Se le comunica un nuevo plazo para pagar la sanción, con un recargo del 10%.

De no satisfacerlo dentro del periodo fijado, habrá un nuevo incremento que llegará al 20%. A ello se le sumarán las costas de notificación e intereses de demora. Por lo tanto, una multa que podía salir por apenas 50 euros llega a situarse en torno a los 200 euros.

Hacienda llegará hasta el final para cobrar

Es preferible no poner a prueba a la Agencia Tributaria. Son capaces de llegar hasta el final para percibir lo que les corresponde. De ahí que si no se responde al anterior proceso por la vía ejecutiva, se hará llegar una notificación de diligencia de embargo.

Por lo tanto, no les temblará el pulso y procederán al embargo de cuentas bancarias o de los bienes. En primer término tratarán de cobrarse la deuda a través del dinero que haya en el banco. De no contar con liquidez se dictamina una orden de embargo sobre salarios, pensiones, valores o incluso del coche.

Una oficina de la Agencia Tributaria con una trabajadora en segundo plano
La Agencia Tributaria embargará los inmuebles de los que no paguen las multas | Europa Press

En última instancia, si aun así no han recibido el dinero de la multa, acabarán embargando los bienes inmuebles. Este tipo de procesos nunca resultan agradables y menos para la persona que se ve envuelta en la infracción. Demorar en exceso el abono de la sanción puede condenarle a perder sus propiedades.

Además, también se expone a que en el futuro no le concedan ningún tipo de ayuda pública o de beca. Por lo tanto, merece la pena estar al día con Hacienda y el resto de entidades de carácter público.

¿Conviene dejar que prescriba la multa?

No merece la pena dejar que transcurra el tiempo a la espera de que prescriba la multa de Tráfico. El plazo para que caiga en el olvido la infracción asciende a los cuatro años. Es un tiempo más que suficiente para que te cobren la deuda a través de cualquier mecanismo que pongan en práctica.