Estamos en plena campaña para presentar la Declaración de la Renta por los rendimientos obtenidos el pasado ejercicio de 2022. Si eres residente en España, y según las rentas que hayas conseguido, tendrás o no la obligación de presentarla.
En este caso, no todos tienen claro qué deben hacer cuando llega el momento. Desde el pasado 11 de abril se puede empezar a presentar la Declaración online, por lo que desde CaixaBank han querido informar de cuándo sí y cuándo no estarás obligado a hacerlo.
Estos son los contribuyentes no obligados a declarar
Hay contribuyentes que no tienen la obligación de presentar la Declaración. Son aquellos que no han obtenido en 2022 rentas superiores a determinadas cuantías. Para saberlo a fondo, existen dos reglas, como aclaran desde la entidad bancaria.
Primera regla a tener en cuenta
Hay que tener en cuenta los rendimientos del trabajo. La cuantía máxima para no presentarla será de 22.000 euros si provienen de un solo pagador o de las prestaciones pasivas de dos o más pagadores con retenciones determinadas por Hacienda.
La cuantía máxima es 14.000 euros si hay más de un pagador y el segundo o restantes ingresas más de 1.500 euros anuales; por pensiones compensatorias del cónyuge no exentas; de un pagador de los rendimientos no obligado a retener o por los sujetos a tipo fijo de retención.
No están obligados a declarar los que hayan obtenido una renta de 1.600 euros por rendimientos del capital mobiliario o ganancias patrimoniales sujetos a retención o ingreso en cuenta, entre otras condiciones.
Tampoco los que hayan obtenido 1.000 euros por rentas inmobiliarias imputadas; rendimientos de Letras del Tesoro, subvenciones para la adquisición de V.P.O. y otras ganancias patrimoniales derivadas de las ayudas públicas.
Segunda regla
Según la segunda regla, no están obligados quienes hayan obtenido 1.000 euros en rendimientos del trabajo; del capital; de actividades económicas o ganancias patrimoniales sujetos o no a retención o ingreso a cuenta.
Tampoco quienes tengan pérdidas patrimoniales de menos de 500 euros sin importar su naturaleza. Todos estos límites se aplicarán tanto en la tributación individual como en la conjunta.
Estos son los contribuyentes sí obligados a hacer la Declaración
Por otro lado, también es importante conocer qué contribuyentes sí están obligados a presentar la Declaración de la Renta.
Rentas que superen los límites
En este caso, tendrán que hacerlo los que perciben otro tipo de rentas diferentes o si se superan los límites máximos indicados. Para calcular los límites no se tienen en cuenta las rentas exentas, como es el caso de las becas públicas por realizar estudios de todos los niveles y grados dentro del sistema educativo.
Tampoco los premios de loterías y apuestas organizados por ONLAE, la Cruz Roja, la ONCE o aquellas pensiones recibidas por incapacidad absoluta o gran invalidez, entre otras.
Otros contribuyentes obligados
Por otra parte, también están obligados a presentar la Declaración de la Renta 2022, sin importar la cuantía y naturaleza de las rentas obtenidas, quienes tuvieran derecho a aplicar el régimen transitorio de la deducción por inversión en vivienda.
También por la deducción por doble imposición internacional o quienes hayan llevado a cabo aportaciones a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad, planes de previsión asegurados, de pensiones o de previsión asegurados.
Lo mismo sucede con los seguros de dependencia o las mutualidades de previsión social que reduzcan la base imponible si ejercitan el derecho correspondiente.
En todo caso, se pueden consultar todos los límites y obligaciones, ampliando la información, en la página web oficial de la Agencia Tributaria, donde también se puede realizar y presentar el borrador de la Renta 2022.