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Una oficina del Banco Sabadell con su color azul corporativo y la puerta de metal

El Banco Sabadell ofrece viviendas de alquiler desde 150 € en algunas ciudades

Si cumples los requisitos, podrás optar a un alquiler social de lo más económico

Acceder a una vivienda, tanto para comprarla como para alquilarla, es cada vez más complicado. Si ya desde hace unos años se está extendiendo esta problemática, en los últimos tiempos se ha convertido casi en una misión imposible.

La inflación de este 2022 está causando estragos también en este ámbito. Ante esta situación, el Fondo Social de Vivienda existe con el objetivo de ofrecer un hogar a los colectivos vulnerables.

Una de las entidades adscritas al mismo es el Banco Sabadell. A través de este programa y recurso especial, desde el banco ofrecen una gran cantidad de viviendas de alquiler social para todas aquellas personas que tengan complicado acceder de otra forma.

Estas son las viviendas de alquiler social del Banco Sabadell

El Banco Sabadell cuenta con 440 viviendas que destinan a clientes que proceden de adjudicaciones o daciones realizadas a partir del mes de enero de 2008. El objetivo principal de estas es que las personas en situación de vulnerabilidad puedan ofrecer a ellas.

Conjunto de viviendas
El banco catalán cuenta con 440 viviendas disponibles | Getty Images

Por este motivo, el alquiler social de estas viviendas difiere del resto debido a la renta que hay que pagar para vivir en ellas. En este caso, es de una cuantía muy inferior que otro tipo de alquileres que no cuentan con ninguna ayuda.

Para facilitar el acceso al alquiler, el contrato de arrendamiento de las viviendas dispuestas por el Banco Sabadell va de los 150 a los 400 euros al mes. En este caso, el límite será el 30% de los ingresos netos de la unidad familiar.

Sin embargo, esta ayuda tiene una fecha límite. El contrato tendrá una duración de dos años, pero se puede prorrogar otro año más en el caso de que la unidad familiar siga cumpliendo con los requisitos.

¿Quiénes pueden acceder a una de estas viviendas?

El Fondo Social de Vivienda en general, y el Banco Sabadell en particular, ofrecen este tipo de viviendas a personas que cumplan con unas condiciones específicas. En este sentido, podrán beneficiarse del alquiler social quienes hayan sido desalojados de su residencia habitual. Este desalojo se ha tenido que producir por una demanda de ejecución o el impago de la hipoteca.

Por otro lado, también se pueden beneficiar quienes han sufrido un procedimiento de ejecución hipotecaria que, de momento, no haya ocasionado el desalojo efectivo de la vivienda.

También aquellas personas que han perdido su vivienda habitual por una dación en pago del préstamo hipotecario. A ello hay que sumarle que el desalojo debe haberse producido a partir del 1 de enero de 2018.

Al igual que existen condiciones, también hay que cumplir algunos requisitos cuando se presente la solicitud. Para acceder a las viviendas ofrecidas por el Banco Sabadell, el total de los ingresos de los miembros de la unidad familiar no puede superar en tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples.

Asimismo, ninguno de los miembros de la unidad familiar debe contar con una vivienda en propiedad o con derecho de usufructo. Por último, podrán acceder al alquiler social todas aquellas personas que estén en un supuesto especial de vulnerabilidad.

Cuándo se encuentra una persona en situación de especial vulnerabilidad

Para saber cuándo se encuentra una persona en situación de especial vulnerabilidad, hay que tener en cuenta los siguientes casos:

- Que la unidad familiar tenga hijos menores de edad.

- Que sea una familia monoparental con dos o más hijos a cargo.

- Que en la unidad familiar haya una víctima de violencia de género.

- Que en la unidad familiar el deudor hipotecario esté en paro sin prestación por desempleo.

- Personas con más de 60 años.

- Personas con discapacidad o en situación de dependencia verificado por un informe de los Servicios Sociales.

- Personas prejubiladas o jubiladas que hayan asumido por aval deudas de sus hijos o nietos.

- Personas con otras circunstancias distintas, siempre bajo informe de los Servicios Sociales competentes.