Un pequeño accidente en el trabajo o una enfermedad de carácter medio o leve pueden llevarte a hacer reposo en casa durante algunos días o semanas. Es en este momento cuando, si tu salud te lo permite, surge la posibilidad de desconectar del trabajo.
No hay duda de que una de las mejores formas de desconectar es viajar o cogerse unas vacaciones, que harán que el regreso a tu puesto sea más ameno y con las pilas cargadas. Sin embargo ¿podemos irnos de vacaciones estando de baja laboral?
La verdad es que no está claro del todo, pero legalmente no existe un impedimento para poder llevar a cabo unas vacaciones cuando se está de baja laboral por incapacidad temporal, que es el tipo de baja más frecuente.
¿A qué nos referimos cuando hablamos de incapacidad temporal?
La incapacidad temporal (IT) se refiere a una situación en la que un trabajador no puede realizar su trabajo habitual debido a una enfermedad o lesión, y se espera que su incapacidad sea temporal y reversible.
Durante este período, el trabajador recibe un subsidio o prestación económica por parte de la Seguridad Social para cubrir la pérdida de dinero por no poder ejercer su trabajo.
En este caso, el trabajador debe presentar un parte médico y seguir los procedimientos establecidos por la legislación laboral y el sistema de seguridad social para solicitar y obtener el reconocimiento de la incapacidad temporal.
La duración de la incapacidad temporal puede variar según la gravedad de la enfermedad o lesión, y puede ser determinada por el médico que lo trate. Durante este tiempo, se espera que el trabajador siga las recomendaciones médicas, reciba tratamiento adecuado y se recupere para poder volver a trabajar una vez que la incapacidad haya finalizado.
Durante la incapacidad temporal, el contrato laboral no está sujeto a cambios
Es importante tener en cuenta que, durante la incapacidad temporal, el contrato laboral sigue vigente y el trabajador mantiene ciertos derechos y deberes laborales. Además, el empleador puede tener la obligación de mantener el puesto de trabajo y proporcionar el apoyo necesario para facilitar la recuperación y el regreso del trabajador una vez que la incapacidad haya finalizado.
En resumen, lo más recomendable es que si te vas de vacaciones sea a un destino o a realizar una actividad que no supongan un riesgo de recaída de tu lesión. Solamente hay que usar el sentido común.
Con sentido común nos referimos, por ejemplo, a no ir a esquiar si te has dado de baja por fractura en una pierna, o a una isla caribeña cuando te han diagnosticado depresión.
¿Qué es lo que debo hacer entonces en el caso de querer viajar?
Si el viaje está autorizado por tu médico de cabecera no deberías tener en principio ningún problema para poder viajar. Si además cuentas con el visto bueno de los médicos del organismo encargado de hacer el seguimiento de la baja, ten seguro cien por cien que podrás viajar sin ninguna complicación.
Los organismos que se encargan de este seguimiento suelen ser el Instituto Nacional de la Seguridad Social, el Instituto Social de la Marina o las mutuas. Esto es conforme a lo dispuesto en el Artículo 8 del Real Decreto 625/2014, que establece que deben ser estos los que realicen el seguimiento.
Como ya hemos comentado anteriormente, si se cuenta con el permiso del médico para viajar, se pueden evitar consecuencias que puedan implicar, en última instancia, la retirada del subsidio otorgado por la Seguridad Social.
Según el artículo 175 de la Ley General de la Seguridad Social, este subsidio puede ser anulado, denegado o suspendido si se actúa de forma fraudulenta para conservar u obtener dicha prestación. Por lo que, insistimos, sería ideal que contaras con el visto bueno de tu médico.