El pasado 2022 fue un año marcado por la inflación, así como por la guerra de Ucrania. Esto hizo que los precios de los bienes más básicos, como la electricidad o la alimentación, se vieran disparados.
Con el objetivo de combatir los malos efectos de la inflación, desde el Gobierno llevaron a cabo una serie de medidas anticrisis. Entre ellas, destacaron reducciones de impuestos, facilidad para acceder ayudas y la creación de otras. Ahora, con la campaña de la Declaración de la Renta ya activa, es necesario conocer cuáles de estas ayudas deben incluirse en la misma.
El Bono Cultural Joven
El Bono Cultural Joven se trata de una ayuda de 400 euros que el Gobierno concede a los jóvenes de 18 años desde el Ministerio de Cultura y Deporte. El objetivo es facilitar su acceso a la cultura.
Según la Agencia Tributaria: “Esta ayuda está sometida al IRPF en concepto de ganancia patrimonial y se integrará dentro de la Base Imponible General”.
Sin embargo, destacan que: “Si el contribuyente obtiene exclusivamente rendimientos del trabajo de un pagador por una cuantía inferior a los 22.000 euros y recibe esta ayuda, al ser por un importe inferior a 1.000 euros anuales, no está obligado a presentar la declaración”.
El Cheque 200 euros
Por otro lado, también destaca el cheque de 200 euros, una medida que ha vuelto a estar vigente este 2023. En 2022, la ayuda se destinó a personas que tuvieran ingresos de menos de 14.000 euros al año.
En este caso, no hay que preocuparse, pues si recibiste esta ayuda no estás obligado a declararla. Esto cambia con el cheque nuevo, que ha alcanzado a más personas, pero sí tributará como ganancia patrimonial en la declaración del próximo año.
Es decir, aquellos contribuyentes obligados a presentar la declaración en 2024, tendrán que incluir el nuevo cheque de 200 euros, pudiendo tener que ingresar a la Agencia Tributaria hasta 60 euros de esos 200 recibidos. Sin embargo, como decíamos, no sucede así con el cheque obtenido en 2022, por lo que este año no debes preocuparte.
El Bono Alquiler Joven
En cuanto al Bono Alquiler Joven, se trata de una ayuda de 250 euros al mes que se puede percibir durante un máximo de dos años y está orientada a jóvenes de entre 18 y 35 años que cumplan con ciertos requisitos en cuanto a renta y arrendamiento.
En este caso, la Agencia Tributaria indica que: “Las cantidades percibidas como bono alquiler joven, al igual que cualquier otra ayuda al alquiler similar, están sometidas al IRPF en concepto de ganancia patrimonial que se integrará dentro de la Base Imponible General”.
Sin embargo, como se trata de una renta mensual de 250 euros durante mínimo un año, se superaría el límite de 1.000 euros anuales. Por ello, sí existe la obligación de presentar la declaración.
El Ingreso Mínimo Vital
Como ya sucedió el pasado año, aquellos contribuyentes que hayan obtenido el Ingreso Mínimo Vital sí deberán presentar la declaración este 2023. Cabe recordar que el 2022 fue el segundo año que se percibió la ayuda desde su creación.
La ayuda, en este caso, está exenta de pagar impuestos sobre la renta. Sin embargo, uno de los requisitos para poder seguir accediendo a la misma consiste en presentar la declaración para demostrar qué renta se tiene en cada momento.
Ahora, ya sabes qué ayudas y qué no te obligarán a presentar la declaración y en qué casos puede que debas pagar un porcentaje de las mismas a la Agencia Tributaria. De este modo, no te equivocarás y podrás tener las cuentas al día con Hacienda.