Los trabajadores sin empleo también tienen la posibilidad de percibir el mini-paro. Es una opción que se les plantea a todos aquellos que no pueden acceder a una prestación contributiva por parte de la Seguridad Social. Para cobrar esta última requieren al menos 360 días cotizados.
A esta cifra no llegan muchos profesionales. Sobre todo aquellos que van encadenando contratos sueltos y a los que les cuesta acumular el año de cotización. En caso de verse en esa situación, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) pone a su disposición esta paga de 480 euros mensuales.
Se le conoce también como subsidio de cotizaciones insuficientes. El requisito básico es que al menos se hayan cotizado seis meses. Aquellos que tengan cargas familiares tan solo precisarán de tres meses para beneficiarse de la ayuda.
Con la llegada del nuevo año, los perceptores de la misma recibían buenas noticias. El Gobierno decidió mejorar la cuantía de la prestación, pasando de los 463,21 euros a los 480 actuales.
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Requisitos para optar a este subsidio
Más allá del periodo cotizado, también se tendrán en cuenta otras cuestiones. Exigirán encontrarse desempleado y en situación legal de desempleo, además de inscrito como demandante de empleo. Durante el tiempo que se alargue la ayuda es preciso permanecer registrado en el SEPE.
Otro requisito esencial es que no se ingresen rentas de cualquier tipo que superen el 75% del Salario Mínimo Interprofesional. Queda establecido que el importe a cobrar será igual al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
Tal y como quedó estipulado en los Presupuestos Generales del Estado, el IPREM sufrió una mejora del 3,6% en 2023. Por lo tanto se pasó de los 579,02 euros a los 600.
Si tomamos como referencia que el mini-paro supone el 80% de este indicador, sus beneficiarios cobrarían 480 euros. Con la última actualización, los perceptores de este subsidio percibirán 16,79 euros más al mes.
¿Cuál es la duración de este subsidio?
La duración de esta ayuda variará en función de los meses que se tengan cotizados, pero también de las responsabilidades familiares. Aquellos que tengan a su cargo hijos ingresarán el subsidio 3, 4 o 5 meses si han cotizado 3, 4 o 5 meses, respectivamente.
En el caso de que el periodo cotizado superase los 6 meses, la prestación llegaría alargarse 21 meses. Eso sí, en primer lugar se concederá durante seis meses con posibilidad de ampliarlo por periodos de medio año hasta alcanzar los 21 meses.
Otra cosa bien distinta es lo que sucederá con los que carezcan de cargas familiares. La ayuda se prolongará durante seis meses cuando se tengan aportados al sistema 6 o más meses.
Cuando se trate de trabajadores fijos discontinuos, el periodo de cobro se ajustará al periodo de meses cotizados por desempleo el año previo a la solicitud.
Una vez que el interesado sepa que reúne las exigencias mínimas para optar a esta prestación podrá pedirla. Dispondrá de varios canales para realizarlo. Ya sea la sede electrónica del SEPE, oficina de prestaciones, oficina de registro público o por correo administrativo.
Es preciso, además, ajustarse a una serie de plazos. El aspirante debe formalizar la petición en un plazo de 15 días hábiles. Empiezan a contar a partir del siguiente día en que adquiere la condición de desempleado.
Otras ayudas que han mejorado con la entrada del nuevo año
El IPREM se toma como referencia a la hora de conceder prestaciones y ayudas. Pero también para calcular una serie de ayudas sociales, como ayudas al alquiler, becas, ayudas escolares, Ingreso Mínimo Vital o el bono social eléctrico. Al mes quedará fijado en los 600 euros, lo que al año supondrán unos 7.200 euros.