La situación económica de algunas familias resulta muy agobiante, con dificultades para llegar a final de mes. Ante eso, muchos se ven obligados a pedir un adelanto del suelo. Aunque no lo creas, la empresa está obligada a facilitarte este trámite.
El dinero que ganamos se nos queda en muchas ocasiones corto, lo que nos obliga a recurrir a los ahorros. La cantidad que antes se destinaba a la cesta de la compra ahora resulta insuficiente. Nos exige un mayor esfuerzo financiero para adquirir lo mismo.
Las últimas estadísticas desvelan que el precio de los alimentos subió un 16% en apenas un año. Pero a ello se le deben unir los combustibles, energía, electricidad y otros consumos básicos, que también se han disparado.
Como trabajador, tienes derecho a pedir un anticipo
Las familias han hecho todo lo posible por contener el gasto, pero a veces no basta con eso. Si además hay que soportar algún tipo de imprevisto la situación se agrava mucho más. En ese caso, una de las pocas alternativas que tenemos pasa por pedir un anticipo del sueldo a nuestra empresa.
A muchos trabajadores esto le puede resultar muy incómodo, sobre todo cuando no hay un cierto grado de confianza con los jefes. No obstante, la mayoría de profesionales no se encuentran familiarizados con esta acción, de ahí que les puedan surgir dudas. Pero hay que dejar claro que más que un favor que nos hacen, se trata de un derecho de los trabajadores.
¿Cuánto dinero se puede cobrar por adelantado?
Esta posibilidad viene recogida en el artículo 29.1 del Estatuto de los Trabajadores. Explican que "el trabajador tendrá derecho a percibir, sin que llegue el día señalado para el pago, anticipos a cuenta del trabajo ya realizado".
Por lo tanto, se le ofrece la opción de cobrar una parte de la nómina unos días antes de que se haga el ingreso ordinario. Además, dicho abono se efectuaría antes de que transcurriera un mes desde el último pago por parte de la compañía.
Hay otro detalle a tener en cuenta y es que el empleado no puede solicitar la cantidad que quiera. Solo accederá a la cuantía que le corresponda por los días trabajados a lo largo de ese mes. Es decir, si reclama el adelanto el día 15, únicamente percibiría la mitad del sueldo mensual.
Cuando llegue la fecha de cobro ordinaria recibirá la parte restante. En cualquier caso, este planteamiento puede sufrir variaciones en función de la empresa y de los convenios colectivos que tenga. También puede darse el caso de que los responsables de la compañía tengan un gesto con el trabajador y le adelanten el salario íntegro.
Aunque no sea algo común podría ser una opción a tener en cuenta, aunque no se contempla en el Estatuto de los Trabajadores. Sobre todo cuando estemos ante un profesional que ya lleve unos cuantos años en el negocio y sea de confianza.
En caso de duda, no obstante, lo adecuado sería acudir al convenio colectivo, recoge el diario As. En cuanto a la solicitud, lo correcto sería realizarla a través del departamento de recursos humanos o con el jefe directamente.
¿Cuántas veces se puede pedir un adelanto?
El Estatuto de los Trabajadores no determina el número máximo de veces que se puede pedir el anticipo de sueldo. Existe la posibilidad de que los convenios regulen esta práctica sobre todo con el ánimo de proteger la tesorería de la compañía.
Y es que este tipo de acciones pueden llegar a comprometer otros pagos si se reclaman sin concederle margen de maniobra a la empresa. Lo habitual es que como máximo se permita utilizar este recurso hasta tres veces al año, indica la Asociación Nacional de Laboralistas (Asnala).